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On mayo 31, 2025

Cambios en retenciones y autorretenciones.

Informamos que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, el cual introduce cambios significativos que entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2025. Estas modificaciones afectan directamente las reglas de retención y autorretención en la fuente del impuesto sobre la renta.

A continuación,  resumimos los aspectos más relevantes a tener en cuenta:

🧾 Cambios Clave

Nuevas Tarifas de Autorretención

– Minería y energía: hasta 4.5%
– Construcción: entre 1.1% y 3.5%
– Agricultura y ganadería: 1.2%
– Comercio y servicios profesionales: desde 0.55% hasta 3.5%

Nuevas Bases para Retención en la Fuente

Concepto Aplicación de retención
Servicios No se retiene si < 2 UVT
Compras agrícolas/pecuarias 1.5% si > 70 UVT
Café pergamino o cereza 0.5% si > 70 UVT
Oro (comercializadoras) 2.5%
Bienes raíces – vivienda 1% hasta 10.000 UVT
Bienes raíces – otros usos 2.5%
Emolumentos eclesiásticos Exentos si < 10 UVT
Compras generales. 2.5% si > 10 UVT

 

Anticipo del Impuesto de Renta

– Se mantiene el anticipo del 75% del impuesto del año siguiente para contribuyentes obligados a autorretener.
– Para nuevos contribuyentes:
• 25% primer año.
• 50% segundo año.
• 75% a partir del tercero.

Cualquier inquietud será atendida con gusto.

Cordialmente,

Carlos Alberto Ríos Tobón

Gerente.

ACT ASESORES S.A.S

e-mail:          act.contablestributarios@gmail.com     .

Medellín, mayo 29 de 2.025.

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